Las teorizaciones realizadas en torno a la dogmática penal, han expuesto – a través del tiempo- distintas concepciones en relación a los elementos estructurales del delito (acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad). Recuperado el 18 de 11 de 2017, de https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad-derechomx/article/viewFile/28498/25764 WIARCO, O. ENTENDAMOS AL DERECHO PENAL: CAUSALISMO viernes, 18 de septiembre de 2009 CAUSALISMO En 1840, Luden consideró que el delito se dividía en tres elementos, a saber 1°un fenómeno delictivo provocado por una acción humana; 2°antijuricidad de esa acción; 3° cualidad dolosa o culposa de esa acción. (2013). C. ENFOQUE DESDE EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO (CAUSALISMO Y FINALISMO) Carlos Enrique Muñoz Pope Catedrático de Derecho Penal . Bibliografía Instituto de Investigaciones Juridicas de la UNAM. Jorge Aguirre Montegro. Bases de la teoria clasica del delito. Fase externa Las casualistas, explican la existencia de la acción delictiva, cuando un sujeto tiene la voluntad de realizarla, sin tomar en cuenta la finalidad con la cual se proponía al hacerlo. D) -a 2ro(4cc+