Voy a firmar un contrato de arrendamiento como vivienda habitual, donde no va a aparecer ningún tipo de indemnización por abandonar la vivienda antes de la finalización del contrato y donde pretendo que yo pueda abandonar la vivienda una vez pasado 3 meses desde la firma del contrato, ¿si el arrendador firma con estas condiciones, es de obligado cumplimiento o me puede exigir que le abone hasta los 6 meses que fija la ley? A fecha de hoy, el arrendatario todavía no nos ha devuelto la fianza que depositamos en su cuenta y ya estoy desesperada. ¿Es correcto?. Derecho de adquisición preferente. Ayer día 29 de Septiembre de 2015 la arrendadora nos dijo que quería la vivienda para su hija. Artículo 13. Entrada en vigor. Soy arrendatario de un piso de alquiler en la ciudad de Barcelona. Los administrados que hagan uso indebido de la Declaración Jurada, señalada en el artículo 3o, declarando información falsa o errónea, estarán en la obligación de resarcir los daños ocasionados y serán denunciados penalmente conforme a la legislación de la materia por la entidad de la Administración Pública afectada, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32°, párrafo 32.3 de la Ley N° 27444. Por tanto entiendo que se podría cumplir el plazo de tres años. Me dicen que me quede si quiero, pero que ya me han avisado y me cortarán el agua de la vivienda . Además, tenemos desde el 1 de Diciembre de 2017 firmada una extensión de contrato por 1 año mas de duración. Aunque ni por asomo queremos entrar en temas judiciales. ¿Pueden reclamarme algo? Creía que dado que el contrato no está inscrito en el registro de la propiedad si que podía rescindirlo o modificarlo ¿Me puedes confirmar si estoy en lo correcto? 3 – Como propietario quiero poner una clausula en la que poder ver la casa de forma periódica, por ejemplo una vez al mes (que puede coincidir con el cobro en efectivo del alquiler) con el objetivo de visualizar si la casa es cuidada como es debido, siempre que se avise previamente al inquilino y la visita sea acordad y en presencia del inquilino. Efectivamente, es una conducta que entra dentro de la descripción del allanamiento de morada. Por tanto si estos han pasado, el arrendador está en su derecho de no seguir con la relación contractual. Guardar. De ser así, ¿ heredo alguna obligación con el antiguo inquilino? Tampoco ninguna aseguradora te podrá hacer un seguro de impago de alquiler en esa situación. El contrato no esta sellado y ademas me lo hizo firmar con una fecha anterior para un tema fiscal de la casa ya que era una herencia pero en ese momento ni siquiera vivia en Barcelona. ¿Puedo irme tranquila si preaviso con un mes de antelación, sin tener que abonar nada y devolviendome la fianza? Leo de forma sorpresiva redactado en el nuevo Artículo 4. Pero para mi es mi vivienda habitual y no tengo a dónde ir. Si alguien me puede ayudar a tener claro esto, es importante. Hay alguna excepción? En principio no tienes que marcharte, pero te repito que no se la envergadura de la obra a ejecutar. Esto que el dice no aparece en ninguna clausula de contrato, el cual por cierto es de chiste porque solo pone la dirección del sitio, quien es el que arrienda, el arrendatario, el precio mensual y fianza y el tiempo de duración…. Llevamos 4 meses de alquiler y pgamos una fianza de un mes, que se la quedó el casero y tenemos un recibo conforme le pgamos la fianza. Ahora el padre de esa chica ha decidido que se vaya a una residencia de estudiantes. Muchas gracias. Disposición transitoria sexta. Voy a alquilar un piso a unos estudiantes para el curso 2019-20. si no es para utilizarlo él o su familia ?? Disposición adicional segunda. En esta página puedes acceder a la dirección en Málaga y en Marbella del AVRA, que es la oficina encagada de recoger las fianzas. Con el año ampliando hasta tres lo tengo muy claro con la ley, pero si partimos de cuatro directamente? Hace poco nos pusimos en contacto via email con la empresa para preguntarles cuales eran las condiciones de la prorroga, pues nosotros estábamos muy interesados en continuar en la vivienda. Lo dispuesto en el primer párrafo también es aplicable a los funcionarios y servidores públicos, de cualquier entidad de la Administración Pública, que se nieguen injustificadamente a recibir o cumplir la resolución aprobatoria ficta derivada de la Declaración Jurada a que hace referencia el artículo 3o, dentro de un procedimiento que se sigue ante otra entidad de la administración. Un saludo, espero haberle sido de ayuda. Primera es para contratos celebrados antes del 1 de enero de 1995 por lo que no es aplicable al caso. Le pregunté si eso no era a los 5 años (tal y como dice el contrato), y me dijo que no al tratarse de un contrato firmado con posterioridad a junio de 2013. Esto se traduce en que tendrás que cumplir el contrato hasta la finalización de la prórroga. Los administrados que hagan uso indebido de la Declaración Jurada, señalada en el artículo 3°, declarando información falsa o errónea, estarán en la obligación de resarcir los daños ocasionados y serán denunciados penalmente conforme a la legislación de la materia por la entidad de la Administración Pública afectada, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32°, párrafo 32.3 de la Ley N° 27444. Pensamos que al querer incorporarla como una prorroga tendría que cumplir las mismas condiciones establecidas en el contrato y las actualizaciones de la renta solo se podrían realizar siguiendo las condiciones. Un saludo. Al no estar el contrato inscrito en el Registro de la Propiedad, sé que un plazo máximo de 3 meses debo de abandonar la vivienda. según la LAU 2013, entiendo que si quiero rescindir el contrato de arrendamiento se tendrá que cumplir lo dispuesto en este artículo…. Lo dispuesto en el presente artículo no enerva la obligación de la entidad de realizar la fiscalización posterior de los documentos, declaraciones e información presentada por el administrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Buenas tardes, Ademas también alegan que el seguro no cubre la resp.civil del continente, solo la rc locativa y del contenido. Hemos visto a bastante técnicos pero la propietaria no hace nada y dice que nunca había visto humedad y moho en su piso mientras que ha vivido dentro durante 12 anos. Me refiero a que el Arrendatario no debería dejar ningún importe de renta sin pagar hasta el último mes; ya que la fianza debería estar en poder del Arrendador por posibles desperfectos en la vivienda y no para pago de rentas. Respetando lo establecido en el apartado anterior, los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes, en el marco de lo establecido en el título II de la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil. Muchas gracias y un saludo EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA . Hola Eduardo, tengo un contrato con fecha 14 noviembre de 2013 pero en el contrato, en el apartado «estipulaciones» dice que «según la ley 29/1994 de arrendamientos urbanos, por la que se regirá este contrato…». Buenas noches. Efectivamente puede reclamar la vivienda y debéis desalojarla en un plazo de dos meses. Y si no puedes esperar por la situación de tu hijo, tendrías que notificarle igualmente que te vas por el estado de insalubridad de la vivienda. CEBA GRAN MARISCAL ANDRES AVELINO CACERES DORREGARAY - El Agustino en El Agustino, Colegio GRAN PACIFICADOR LINUS PAULING - Arequipa en Arequipa, Productos tecnológicos fallidos llenan "Galería de fracasos" en feria CES, Amazon anuncia el cierre de depósitos y nuevas contrataciones en el Reino Unido, El brote de casos en China no tendrá un impacto "significativo" en Europa, según la OMS, El director Ejecutivo de TikTok se reunirá con reguladores europeos en Bruselas. Lo que si ouedes hace es alquilar la vivienda por habitaciones, indicando que tu tienes derecho de uso de determinada habitación y de las zonas comunes. Según la ley de arrendamiento de Cantabria, hemos sido nosotros como propietarios los que hemos pagado a la inmobiliaria un mes de alquiler. 2ª.- Por otra parte me han dicho que Hacienda acogiéndose al capitulo de «Rendimientos estimados del capital inmobiliario» donde dice que «Las prestaciones de bienes o derechos susceptibles de generar rendimientos del capital inmobiliario se presumen retribuidas, salvo prueba en contrario. Tengo que estar obligatoriamente 9 años en esta casa? El contrato finalizo en Octubre, tengo entendido que no es necesario firmarlo para su renovación ya que he cometido el error de no presentárselo para firmarlo y renovar contrato. Me preocupa. La decisión de no renovar la comunica mi propietario via washap y después deque la agencia cree animadversión contra mi por esos 150€. No se ha realizado ninguna mejora dentro de la vivienda pero si en la comunidad y les genera unas derramas importantes durante unos meses. Alquilé una habitación en un piso compartido. 29060, Ley del Silencio Administrativo.” (1)(2) (1) Párrafo incorporado por el Artículo 2 de la Ley N° 29476, publicada … ¿Quiere decir esto que para marcharme del piso sólo puedo hacerlo avisando cada 30 de noviembre? Puedes reclamar el cumplimiento íntegro del contrato. Me preocupa. y que «en todo lo no previsto expresamente en este contrato será de aplicacion lo establecido por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos 29/94, de 24 de Noviembre. LEY N° 29060. Me gustaría saber si hay alguna manera de echarlos cuanto antes. Gracias y saludos! Que puedo hacer en ese caso? En la de 94 o 2013? Dicho esto, si en el contrato no existe una cláusula que diga que váis a necesitar la vivienda durante el transcurso de los 5 años (o al menos una cláusula que deje abierta la posibilidad de que a lo mejor teéis que recuperar la vivienda) entonces no podrás desalojar al inquilino, pues tiene derecho a permanacer hasta el quinto año. Estamos de alquiler en un piso. Espero me pueda ayudar, de antemano Gracias! ¿O debo esperar a que finalice el contrato de arrendamiento para pedir que realice la reparación o me pague su coste si me devuelve el aire sin reparar? Al ser yo el nuevo propietario ¿DEBO DE RESPETAR EL CONTRATO EXISTENTE O PUEDO REALIZAR UNO NUEVO? POR CUANTO . Y tengo la intuición de que querían echarme para volverlo a alquilar por más dinero. Las partes contratantes convienen que la renta total que en cada momento satisfaga el arrendatario, durante la vigencia del contrato o de sus prórrogas, se incrementará cada año al 2%. Hola buenos días, resulta que soy alquilada y el propietario de la vivienda es una constructora en concurso de acreedores y mi casero es la persona intermediaria que se encarga de cobrar el alquiler. Podría ser vicios ocultos de su parte ( la humedad y desagua)? Si no tengo mal entendido o mi fe en el sistema eso quiere pensar, como arrendatarios tenemos unos derechos, me gustaría por favor, que me informen de si estoy en lo cierto, o bien tengo que enseñar mi vivienda habitual a cualquier persona que envíe el propietario y además si no me ampara ley alguna ante esta situación espantosa. Y el camino natural de acceso al parking debe ser el portal y el ascensor. Puedes instar el desahucio por falta de pago. Me puedes ayudar? Resultado de todo esto, que me está diciendo que le tengo que pagar 3 meses de alquiler (abril,mayo y junio). GRACIAS POR ESTA INFORMACION, ACTUALIZADA Y MUY BIEN ESTRUCTURADA QUE GENERA MUCHA CLARIDAD. El domicilio es «sagrado» e inviolable. El contrato se celebraría por 7 años, con 1 mes de fianza y 2 de garantía siguiendo lo que establece la ley pero los honorarios los han definido ellos al margen de la ley. Y sabrías decirme ¿de qué forma se puede demostrar que no es para su hija? cierto que me da igual a quien pagarle, incluso prefiero pagarle a una persona física que al un banco, pero no quiero que el banco luego me reclame lo que le pueda pagar a este sr. en concepto de muebles. Además, queria saber si es legal que me retengan el mes entero o solo deberia ser la parte proporcional a los meses que faltan hasta septiembre de 2017 (ya se que no es mucho pero necesito el dinero) Para el tema de las reformas, lo mejor es mirar el contrato de arrendamiento, a ver qué dice. Soy propietario de un piso alquilado en enero de 2013. Teniendo una niña de 3 años viviendo con nosotros, pueden echarnos mañana mismo sin tener a dónde ir? AHORA, TRAS 9 MESES DE CONTRATO, EL INQUILINO ME HA AVISADO -CON EL MES DE ANTELACIÓN PACTADO- QUE SE IRÁ AL TERMINAR MAYO. Si quiero firmar un contrato de arrendamiento de vivienda menor de 100 metros cuadrados con entrada en vigor el 1 de octubre de 2019, ¿qué LAU aplica al contrato? Hola buenas tardes tengo una pregunta urgente, estoy de alquiler desde hace 4 meses mi contrato finalizo el dia 4 de enero y me quiero quedar un minimo de un mes mas pero me dice el dueño que no que me tengo que ir … Sin aviso alguno solo por el contrato finalizar…Puedo seguir quedandome ? Si se marcha antes del sexto mes estaría pridicuendo una indemnización del contrato y por lo tanto debería indemnizar al arrendador, la cuantía de esto suele ser las mensualidsdes hasta el sexto mes y después una mensualidad por cada años que reste por cumplir. Esta es la Ley de arrendamientos urbanos que tienes que tener en cuenta para los contratos posteriores al 6 de Junio de 2013 (y por supuesto también para los posteriores al 1 de abril de 2015). Espero pueda resolver algo de mis dudas ya que estamos desesperadas sobretodo por encontrarnos fuera y no poder desalojar en ese plazo. Hola buenas tardes, mi agradecimiento por adelantado, mi duda es como arrendadora, en los próximos días, voy a arrendar una vivienda, la tuve arrendada antes del 2013 y lo tenía claro, el nuevo inquilino ( el es abogado)quiere) firmar un contrato de cuatro años, en esto estoy de acuerdo, pero el dice que después yo estoy obligada a renovarlo anualmente, el puede desistir dee esas prórrogas, pero yo no, yo tenía entendido que mi obligación era por tres años y después se renovará anualmente, potestativa mente por ambas partes, vamos que si yo pasado esos cuatro, no quiero prorrogar puedo… El contrato que el me pone es que las prórrogas después de esos cuatro son obligatorias para mí… No puede ser, verdad? He mejorado el piso en estos 3 años gastando en sus mejoras más de 2000€. En caso de que el inquilino abandone la finca antes de los seis meses, ¿cuántas rentas habría de abonar? Otórgase fuerza de Ley a la "Directiva para la atención en 24 horas de actos inscribibles que tienen impacto directo en el desarrollo económico del país", aprobada por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 261-2005-SUNARP-SN. 156 0 obj Los administrados podrán interponer, individualmente o en conjunto, el recurso de queja a que se refiere el artículo 158° de la Ley N° 27444, o presentar una denuncia al órgano de control interno de la entidad respectiva, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiera lugar, en el caso de que el funcionario o servidor público incumpla lo establecido en la presente Ley. Mientras no haya contrato basta con que en hacienda así lo menciones (llegado el caso). AREA DE RECURSOS … Tiene libertad total para subir el alquiler al precio que quiera? ” 4ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El Puerto Rico Constitution Center (PRCC) ha preparado un informe de las Leyes de Puerto Rico aprobadas durante el año 2022. Soy arrendatario de un piso desde Febrero de 2013. Buenos días Muchas gracias. SINDICATOS: Decreto Supremo 003-2019-TR modifica el artículo 16 y el literal d) del artículo 16-A del Decreto Supremo Nº 011-92-TR. De los arrendamientos de vivienda, CAPÍTULO IV. Podrían exigir una indemnización, siempre que así que se haya quedado reflejado en el precontrato. Se terminó el contrato el día 1 de julio de 2016 me dice que con la nueva ley 29/1994 no me puede hacer otro contrato y estoy sin contrato esto es legal y gracias. Antes que nada me gustaría agradecerte el asesoramiento e información que nos facilitas desde esta web y más según están los tiempos que las personas no podemos pagar por dicho asesoramiento, por este motivo quiero darte las gracias antes que cualquier cosa. Qué obligación tengo después? En caso de ser todo mío ¿CONVIENE HACER UN ACTA NOTARIAL CON FOTOS PARA DEJAR CONSTANCIA DE COMO ESTÁ? Muchas gracias, se lo envíe ayer el burofax pero creo que no lo querran cojer, Si el contrato dice » por 1 año prorrogable a dos años a contar desde el día de hoy. Soy propietario de una vivienda. Los administrados podrán interponer, individualmente o en conjunto, el recurso de queja a que se refiere el artículo 158° de la Ley N° 27444, o presentar una denuncia al órgano de control interno de la entidad respectiva, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiera lugar, en el caso de que el funcionario o servidor público incumpla lo establecido en la presente Ley. En toda la información que he encontrado al respecto entiendo que le correspondería al propietario asumir estas reparaciones. El contrato tiene una duración de 6 meses. Hola Eduardo,,,,,,estoy de alquiler en un piso desde el mes de julio del año 2012……firme un contrato de 5 años de duración,,,,hace un mes me llamo el de la inmobiliaria y me dijo que tengo que renovar el contrato con la nueva ley,,,,,,es decir firmar un contrato de 3 años……es legal que me apliquen la nueva ley de contrato del 2015 habiendo firmado un contrato del 2012 ???????? PODER LEGISLATIVO. Hola buenas tardes, soy propietaria de un piso en alquiler, los inquilinos no llevan ni un mes viviendo y estoy sufriendo por parte de los vecinos un montón de quejas de ruidos en la madrugada, peleas e incluso llega casi al extremo de maltrato de género ( eso es lo que les parece a los vecinos). Artículo 9°.- Inexigibilidad de requisitos no establecidos en el TUPA. Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. El BOE de 5 junio 2013 publica la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. El inquilino dice que no está obligado a pagar la renta de los meses que esté cerrado. Esta semana comunicaron que aquellos que nunca acudían a la delegación para eso, nos quedaríamos sin servicio de agua…y así fue, ya no tenemos agua. Si aviso, hoy día 30 o mañaña día 1 de diciembre, entiendo que se cumplen los requisitos, en tanto, a preaviso, más de 6 meses de contrato… etc. La vivienda se alquiló en unas condiciones que se supone que conocías, por lo que no puedes exigir una rebaja en la renta, dado que seguramente si el propietario hubiera hecho esas reformas seguramente la renta que estarías pagando ahora sería superior a la actual. Tengo un hermano de 66 años,toda la vida ha estado viviendo con mi madre,falleciò a las 101 años, y tiene una minusvalia de 65%,ahora el propietario le da para salir del domicilio 2 años,el contrato de alquiler es del año 1991 y segun la ley 29/94 de aqrrendaientos urbanos disposicion transitoria 2ª,punto B).4,tienen derecho a vivir con ese contrato (de mi madre) para siempre y sin que le sea subida el alquiler, eso es asi por favor que opina, gracias. Desde que eres propietario pasas a ser arrendador, por lo que desde ese momento puedes contactar con el inqulino. Gracias. Gracias, En el contrato de arrendamiento generalmente en el encabezado poner contrato de arrendamiento de vivienda habitual. No entiendo muy bien cual es ahora la diferencia entre hacer un contrato de 2 o de 5 años. Si no hay seguros cada uno deberá dar por perdidos los bienes que le hayan robado, excepto que se pueda demostrar que el robo ha sido por clara negligencia del inquilino, es decir, por tener pocas medidas de precaución (tales como, prácticamente, dejar la puerta abierta para que entren a robar). Convocatoria CPM 29–2022–SERVIR/Analista de Asistencia Técnica sobre Documentos de Gestión para el Tránsito a la Ley del Servicio Civil – GDSRH Convocatoria CPM … Disposición final tercera. Que se debe hacer si la inmobiliaria pide 1 mes de honorarios cuándo es una SL la propietaria del piso y la LAU actualmente establece que estos gastos deben correr a cuenta del propietario. Gracias. Buenas. Juan Luis. stream
Gracias por adelantado. En un plazo de ciento ochenta (180) días, computados a partir de la publicación de la presente Ley, todas las entidades a que se refiere el artículo I del. Se vuelve a la anterior, y por lo tanto son 6 meses para poder desistir. Podrá establecerse en el contrato una indemnización a favor del arrendador por este concepto de una mensualidad de renta por año de contrato que reste por cumplir». Los procedimientos administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se considerarán automáticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o máximo, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que el administrado pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor público que lo requiera. 0 LEY General de Salud , se reforma el primer párrafo del artículo 225 y se adiciona un … ¿algo más oficial? Estamos mi mujer y yo intentando negociar con el casero para que haga el la reforma pero se niega y la estamos haciendo mi mujer y yo y nos esta pediendo el alquiler entero y tenemos que cubrir lizbagua gas y en el contrato nos metio tambie pagar la comunidad y bases inmuebles todo los estamos haciendo nosotros y tres cosas las tiene que hacer el que podria hacer. ¿Es de vivienda habitual?. Tenemos claro que todo esto es conforme a la nueva ley. Si quisiera te podría demanda por impago de renta, pues el concepto de fianza no es para pagar la mensualidad sino para pagar los posibles desperfectos que se pueda haber ocasionado y los posibles pagos pendientes una vez finalizado el contrato de alquiler. Exigir documentación y/o información … La fianza seguirá dos mensualidades. Es suficiente con la existencia del primer contrato para que quedéis obligados tanto tu como el avalista. Si supera esta cantidad o si quieres ir asistido de abogado aunque no la supere ponte en contacto con nosotros en este correo info@abogadosparatodos.net y te llamamos. Gracias. Muchas gracias. Tengo entendido que me puedo ir de mi piso alquilado el 15/06/2019 luego de 6 meses a partir de la fecha inicial, pagando un mes de alquiler correspondiendo al año en curso (en ese caso el prorata). Hola Eduardo, estaos de inquilinos hace tres años en un piso que ha sido vendido a otro arrendador, de momento nos mantienen el contrato de antes ya que finaliza en Mayo. Inicialmente pedían 1500 y negociamos la subida escalonada hasta ese precio ya que nos parecía elevado. El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Mi problema es el siguiente: En el caso de que el arrendatario tenga la intención de abandonar la vivienda una vez finalizado dicho periodo de un año deberá comunicarlo con un mes de antelación a la fecha de finalización del contrato mediante correo electrónico a la dirección xxxxx. Los funcionarios y servidores públicos que, injustificadamente, se nieguen a reconocer la eficacia del derecho conferido al administrado al haber operado á su favor el silencio administrativo positivo de un procedimiento que se sigue ante la misma entidad, incurrirán en falta administrativa sancionable, conforme lo establecido en el artículo 239° de la Ley N° 27444, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La intención es alquilar a largo plazo, con contrato de un año prorrogable. AREA DE RECURSOS HUMANOS**1. Hola, Separación, divorcio o nulidad del matrimonio del arrendatario. Además me dijo que hay que pagar un impuesto que ha dado el ayuntamiento de Barcelona a todos los que alquilan piso,,,,,el de la inmobiliaria me dijo que el cálculo se hace en relación a lo que se paga de alquiler y en mi caso me salió a pagar unos 100 euros por los 3 años de contrato……es legal esto ??????? Disposición final primera. Las entidades de la Administración Pública, bajo responsabilidad de su titular, deberán realizar las acciones de difusión, información y capacitación del contenido y alcances de la presente Ley a favor de su personal y del público usuario. Agradecería información al respecto de la situación en la que estoy, gracias. Mi hijo y otro compañero comparten piso durante el curso en la Universidad, con un contrato desde septiembre hasta junio. Hoy, 14 de enero de 2017, se nos presenta una pareja que viene de parte del propietario para visitar la propiedad porque la van a comprar, y el propietario insiste en que debemos abrirle las puertas a cualquier persona que esté dispuesta a comprarla. Tenemos un piso en propiedad que se encuentra alquilado. Saludos. Compre una vivienda en septiembre y tenia inquilino, el contrato es de Septiembre de 2018,cuando me enseñaron la vivienda en julio hablamos con el inquilino de su renta la cual era muy baja, pero no me importo porque se le dijo el de la inmobiliaria que la vivienda se estaba vendiendo y que se tenia que marchar, el accedio, pero me dijo el de la inmobiliaria que habia pasado por alli y que le dijo que como no se le habia dicho por escrito con dos meses de antelacion que se quedaba en el piso aunque se vendiera, el dia que escriture el piso, le envio burofax en el que le informo que soy el nuevo propietario y que aplico el articulo 14 de la LAU, le doy tres meses para que abandone el piso, ella me ha contestado que no se va ir, y que si quiero que se vaya que le pague tres meses de renta, ademas el ultimo mes ya no me lo ha pagado, entiendo que tengo que ir al juzgado y reclamar tanto las cuotas impagadas como la ejecucion del articulo 14. Creo que no podré vivir con ello. Lo que es una faena es que a estas alturas os diga lo del avalista cuando no os dijo nada desde el principio. Efectivamente el inquilino puede estar en la vivienda hasta enero de 2018. con fecha 1-09-15, la duracion del contrato dice claramente que es por 1año. Puedo exigir que esta denuncia que se me abone los cuatro meses que faltan para tener el piso alquilado los seis meses mínimos que dice la LAU De lo contrario a lo mejor te encuentras con la desagradable sorpresa que mencionas de que te puedan reclamar el cumplimiento íntegro del contrato. Estoy arrendando una vivienda y en el plazo de duración me indica lo siguiente: TERCERA.- El plazo de duración del presente contrato es de cinco años, a contar desde el día … de …… de 2016. ¿Qué duración (incluida las prórrogas) tendría un contrato de alquiler firmado en enero del año 2018 entre un inquilino particular y un propietario persona jurídica ? ¿quién tiene razón, el casero o yo? – un mes de fianza Pero dándote un plazo de dos meses para que desalojes. Sin embargo, si en el contrato nada se dice respecto a la indemnización en caso de desistimiento pues no tendrás que indemnizar. Si la vivienda no está en condiciones para vivir, puede resolver el contrato. Si no encuentras nada en la ley que lo impida es que es totalmente legal. Hola Asuncion.ñ También tengo que decirte que todo esto es válido si tu contrato es de vivienda habitual. Veo que el modelo de contrato de arrendamiento de temporada que tienen colgado en esta pagina no ha variado del anterior, es así? ó por el contrario ¡ al haberse firmado antes de la ultima actualizacion de la LAU el arrendatario tiene derecho a los 5 años que marcaba la Ley 29/1994. Bajo mi punto de vista el grifo y la ducha os corresponde a vosotros por tratarse de pequeñas reparaciones. Y la digo que ese no es el acuerdo que es prorrogable a 5 años que pone en el contrato y que ese dinero si que cuenta. Si en el contrato pone que la vivienda se entrega en buenas condiciones (normalmente pone eso) entonces se da por hecho que aceptas la vicienda tal y como está. Hay algo que nunca me queda claro con la duración de los contratos de alquiler. Un saludo, María. y verbalmente se quedó que pasado la vigencia del mismo, mas las prorrogas legales correspondientes, si nos era posible se procedería a la compra de la misma. No podemos empadronarnos, ni darnos de alta en el ambulatorio cercano etc. Habría que ver el posible fraude y, en su caso, quien lo hubiera cometido se arriesgaría a ser condenado por ello. Que puedo hacer? Asimismo, el órgano de control interno está en la obligación de elevar al Titular del Pliego un informe mensual sobre el estado de los procedimientos administrativos iniciados, así como sobre las responsabilidades en que hubieran incurrido los funcionarios o servidores públicos que incumplan con las normas de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la presente Ley y aquellos que hayan sido denunciados por los administrados. En este caso se trataría de un acuerdo entre propietario e inquilino. Debes avisar por burofax, y en el escrito tendrás que conceder, por lo menos, dos meses para el desalojo. gracias. Mi mujer y yo firmamos el contrato LAU hace 12 días en la oficina, pero la arrendataria no pudo estar presente, y como es familiar nos hicieron firmar nuestra parte y nos dieron una copia, pagamos todo y nos dieron las llaves del piso, el problema es que 12 dias despues seguimos sin tener el contrato firmado en nuestro poder después de haberlo pedido varias veces y siempre nos dan largas. Lo adecuado sería que se hiciera el nuevo una vez finalizado el anterior. Una posible solución?. De la exportación de bienes o servicios. Muy buena toda la información que das. 9. Artículo 6°.- Procedimiento ante el órgano de control interno. Artículo 29. es decir podría decirse que el plazo se extiende hasta 7 años ya que el arrendador es una persona jurídica? Lo dispuesto en el presente artículo no enerva la obligación de la entidad de realizar la fiscalización posterior de los documentos, declaraciones e información presentada por el administrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Gracias anticipadas La ultima reforma de la L.A.U. Precisamente hoy he publicado un post sobre este asunto en Asturias. Hola buenas me falta un mes para cumplir el contrato donde vivo, pero mi hijo se enferma mucho porque entra mucho polvo el agua no es permanente y la encargada de arrendar no da ninguna solucion le dije q me dejara ir faltando un mes para cumplir el contrato y no me deja. Gracias por anticipado, 20:00. Según la ley 4/23013 de 4 de junio, el arrendatario puede desistir un contrato pasados 6 meses, y que deberá pagar una indemnización equivalente a un mes de arrendamiento, y que venga fijada en el contrato. vi sus modelos de contratos y me ha servido mucho pero como haria en el caso de que el arrendamiento de la vivienda en este cado un tipo estudio de 60 metros cuadrados solo el arrendador me pide que solo lo usaran para fines de semana pero estara a su disposicion. Añadiendo que estarían dispuestos a prorrogar el contrato por una duración de 3 años siempre y cuando nosotros estuvieramos dispuestos a aceptar un incremento de la renta de 609€ (que es lo que pagamos actualmente), a 800 euros. Yo como hijo si despues de morir mi madre como 1 subrogacion tengo derecho a seguir en la vivienda y si habra cambio de contrato pero comentar que yo tengo una discapacidad del 65% se me incrementara la renta de la vivienda espero respuesta. El arrendatario me solicita que envíe un técnico a revisar el aire acondicionado «porque, aunque funciona, no tiene fuerza». Me sobran habitaciones así que las gestiono con Airb&b, una comunidad de viajeros que buscan hospedaje por una cantidad de dinero acordada mediante web. podrían decirme por favor, si respecto a un contrato de arrendamiento que se celebró bajo la LAU anterior, ¿es posible pactar mediante adenda/anexo a dicho contrato una subida de renta por las partes? Si no desea estar nueve años, la ley no establece esta duración. Mi ducha a causado una gotera al garaje , que a su vez le cae agua a un vecino. Y por último en el caso de que no me pagara podría yo quedarme con la fianza. O en su defecto, como está la situación. No debería devolvernos la fianza completa con la nueva ley, o estoy equivocada. 2 0 obj
A la espera de sus noticias, le agradezco de antemano su respuesta. La ocupante y poseedora de la vivienda eres tu, por lo que no tienes ninguna obligación de enseñarle la vivienda a nadie. Y si por el contrario no me lo alquila ¿Puedo pedirle indemnización por la inversión hecha en el local?. Preguntarte si es legal que nos pida avalista. Quedo a tu disposición para cuanto necesites. 5. Hay muchos casos en los que las partes firman un contrato de 11 meses para que el arrendador pueda tener «la sartén por el mango» y desalojar al inquilino prácticamnente cuando quiera. 0000000966 00000 n Como el contrato es largo (de 5 años) la penalización iba a ser importante, pero no tanto como tener que pagar dos años de renta.ññen concreto, por ejemplo, si desalojas al mes número 12 de contrato, faltarían oor cumplirse 4 años de contrato, por lo que tendrías que indemnizar con 4 mensualidades de renta. No hay indemnización. Por lo tanto, no es necesario hacer referencia a la ley 4/2013, sino que mencionando que se rige por la ley 29/1994 es suficiente. En esos 5 años, ¿la actualización de la renta sólo podrá ser del IPC? Buenos dias, en caso de venta de la vivienda arrendada, como se calcula la indemnización por daños y perjuicios a favor del inquilino? ¿Podría usted aconsejarnos o decir la dirección que podemos tomar ante esta situación? Estimado Eduarno, Mi pregunta es lo siguiente. So tienes el arrendador y tu tenéis firmada la finalización del contrato no tendrás que darle nada a tu ex, pues ya no tienes ninguna responsabilidad sobre ese arrendamiento. El verano pasado alquilé un apartamento para la temporada de verano con otra compañera . %���� 29060 348582<$ NORMAS LEGALES El Peruano Urna, sábado 7 de julio de 2007. En el contrato firmado se estableció una duración de un año prorrogable por dos años más. Me gustaría consultar mi caso. Esta lo que establece es que con la nueva ley los contrato de arrendamiento de vivienda habitual podrán ser se un año prorrognadose hasta el 5 años a voluntad del arrendatario. Un saludo. De mi vivienda habitual pago un préstamo. Cuándo puede recuperar el inmueble el Arrendador para uso propio? No te preocupes porque puedes estar tres años más, aunque sea sin contrato. Hola, en primer lugar felicidades por el blog, es muy interesante. Vencido el plazo, la Presidencia del Consejo de Ministros publicará una lista de las entidades que cumplieron o no con remitir la justificación a que se refiere el primer párrafo, señalando la procedencia o no de la misma. Entrada en vigor. Muchas gracias Eduardo. image/svg+xml. La modificación de la ley de arrendamientos de 2019 solo se aplicará a los contratos de arrendamiento que se celebren después de la fecha de la entrada en vigor de la nueva ley. Hemos alquilado una vivienda en Cantabria con inicio de contrato ha sido el 1 de Marzo de 2017. endobj
Un Arrendatario puede dejar la vivienda alquilada a partir del sexto mes. Yo no lo he encontrado en ningún lado… Y tampoco este deposito no está mencionado en el contrato que me proponen…. _ El articulo 11 de la LAU dice «« El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Si te quieres poner en contacto con nosotros para el desahucio y lanzamiento hazlo en el email info@abogadosparatodos.net, Hola Eduardo. 4° de la Ley N° 27783). Bien, hasta ahí todo bien, pero ahora el casero me dice que no me deja irme, que sii quiero irme tengo que pagarle todos los otros meses, que si no me denuncia. Intenta llegar a un acuerdo con el importe de la renta, para el caso de que no pueda permitirse por ahora hacer una reparcion de humedades, que suelen ser costosas, Estimado señor qué significa resolver el contrato? x���r�8��@�$WI��H�I�嬦�D�(B!�d����؛�s��Tns��AIT&5�*��n��M}���)��O�. Artículo 32. Por ejemplo, si en una sala de tu casa ibas a dar unas clases de ingles a unos alumnos y como consecuencia de tener que irte de la vivienda no vas a poder a atender a los alumnos, pues los daños y perjuicios seria el importe de lo que ibas a agnar con las clases, pero hay que acreditar las matriculas de los alumnos y demás. Voy a comprar un piso que está actualmente alquilado. Mi pregunta es: de quien es la obligación del suministro de agua bajo estas circunstancias? ¿Qué acciones puedo tomar para que me devuelvan mi dinero? Buenas noches, mi consulta es porque tengo un piso que en este momento esta alquilado y se lo he cedido a mi hija en donación, como debo proceder con el inquilino? Podría aumentarme el alquiler un 10%? Buenas tardes Eduardo y mil gracias por toda su ayuda de antemano. Independientemente de que ha firmado el yerno, los contratos se prorrogan por anualidades, por lo que efectivamente el inquilino tiene derecho a estar un año. A causa del viento uno de los arboles cayó dañando las instalaciones del vecino. Perdona. Esto me supone al menos otros 3 dias cerrados de mi negocio. Tendría que pagar dos mensualidades y media. Insisto, llevo un mes viviendo y no hemos tocado esa caja de empalmes para nada. Buenos días, Eduardo! Entra parte del mantenimiento y no debe ser considerado como una pequeña reparación, pues me imagino que esto cuesta más de 150 euros, que es el importe que se viene barajando como límite de las «pequeñas reparaciones». «El presente contrato entra en vigor el dia 01 de Junio del 2012, y se concierta por un periodo de doce meses, concluyendo el dia 31 de Mayo del 2013.» Artículo 4°.- Responsabilidad del funcionario público. Actualmente vivo en un piso de alquiler. Tras verificar el fallo con los dueños, ellos alegan que es nuestro problema porque la instalación estaba en la casa. Soy arrendatario, me mudé hace poco a un apartamento y la dueña ya no quiere firmar contrato con nosotros, porque no acepta mascotas. En principio tiene que respetar el plazo pactado en contrato, dado que el nuevo adquirente se subroga en la posición del anterior. «PRORROGA DE CONTRATO ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA» Y en cuanto al tema de que entre gente de la agencia al piso sin permiso? ya nada? Debido a que yo estoy viviendo en un piso ya alquilado, ¿esta situación es ilegal? Para curarte en salud habla con un aparejador y que te indique si cumple las condiciones minimas de aseo publico para local comercial privado. endobj El colchón esta lleno de suciedad, manchas amarillas , olía mal…he solicitado uno y han dicho que no también a eso. Había ido que no es legal. La obligación de cumplir los contratos la tienes en el artículo 1091 y siguientes del código civil. ! Tenemos un piso alquilado con contrato desde Julio de 2013. Si tu hermana asume el total de la renta podrá seguir. ¿O por el contrario la nueva LAU, pudiendo exigir el arrendatario las nuevas condiciones de duración mínima etc? Muchas gracias por tu inestimable ayuda. ¿puedo reclamarle el resto del año, es decir, los 6 meses que faltan hasta que se cumpla el primer año? Su contrato estaría en tácita reconducción por lo tanto ya no se podría modificar el mismo. Ahora (julio de 2017) el propietario me indica que en septiembre debo entregarle las llaves de la casa dado que la necesita su hijo ya que va a trabajar en una municipio cercano y, por proximidad, necesita hacer uso de la vivienda. El arrendador quiere quedarse la fianza y a parte pagarle una penalización de la parte proporcional de los meses no cumplidos del año del contrato. A finales de Mayo te envié una consulta referente a una duda que tengo sobre la ley de arrendamientos urbano anterior a la que está en vigor del 2013. Como arrendadora tengo un inquilino con contrato del 22 de mayo de 2015 y quiero renovarle próximamente, mi consulta es la siguiente: el nuevo contrato ha de ser de fecha 22 de mayo o puedo hacerlo con fecha 1 de Junio, o adelantarlo al 1 de Mayo? Cesión del contrato y subarriendo. x��\K������c��|��;h@������%0�=�T��eTW��Z�տ���aO{�?Os��� +�Udf�`3����2_�df߽;���/�/���,;����߿|��k��y[e�?�|���SYS檰Y]�����E���y������TϮN��'��,����e����ԅ��*�jr����,K�t�7U �'���-� -~+R�l�ג�K�۰��$���X�e �K:�kv�eO�rm�a�t�ON��}���Z��u}rZΰ���{v6�y�Z># �C/7� � Qp�3��P���7, ���/?��BՋ9V����MHj��&��ՏY&���c���J.~B�o��]����Չ6p�~X����m��&7{�&��(2��! Esto es en caso de que esta posibilidad se haya recogido en el contrato, pues si no se ha recogido tal posibilidad no habrá derecho a indemnización. Gracias. Yo quería acondicionar mi piso para vivienda turístico vacacional y esto creo que arruina mis expectativas. Voy a firmar un contrato de alquiler como arrendador, el preámbulo del nuevo texto legislativo de fecha 31 de marzo de 2015 en su apartado segundo habla de una duración de 5 años con prologa de tres, su modelo decontrato habla de una duración de tres con una prologa de un año a cuño vencimiento hablariamos de resolución o nuevo contrato.El Art.9 también habla de tres . Y posteriormente os acercais a una copistería y haceis una fotocopia (en caso de que el arrendador te lo diga) y se la firmas. Si no se menciona nada en cuanto a desistimiento entonces te podrán reclamar el pago de todas las mensualidades que resten hasta que se alquile de nuevo el local. Por lo tanto, en mi opinión, debes desalojar la vivienda, si bien tienes drecho a estar por lo menos dos meses en ella. Sin embargo, el contrato que yo firmé no estaba adaptado a esa LAU puesto que pone 5 años, no 3 años. Quisiera hacer una consulta. ¿no volvía a ser 3? Voy a alquilar un piso este mes y me han dicho que tras la modificación en la ley de arrendamientos urbanos que entra en vigor mañana, la estancia obligatoria en el piso a nivel legal pasa de los 6 meses a 1 año. Mi pareja y yo alquilamos una vivienda en marzo de 2014, con una empresa propietaria de toda la finca en la que se encuentra el piso. Me dijo que aunque teníamos treinta días, nos daría más tiempo (sin especificar). 9 de la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre de Arrendamientos Urbanos.”. Cuanto me puedo quedar en la casa? Tu contrato vencería en julio de 2017, sino te comunican por un medio fehaciente con un mes de antelación de preaviso se prorrogaría 3 anualidades mas, y conforme a la LAU anterior a la Ley 4/2013. Como podrás leer, está prohibido alquilar (legalmente) pisos con fines turísticos en Asturias. Ellas tienen que firmar antes de entrar el contrato?, como es a través de una inmobiliaria es necesario que tenga que venir la dueña también? Por tanto, termina el 24 de Abril de 2018. Es legal que nos hagan pagar el contrato a nosotros otra vez? Sí podría, incluso la fianza al ser un contrato de uso distinto de vi inda puede ser de hasta dos meses. 2.- Se aplica a contratos firmados después de 05-06-2.013? Mi pregunta es la siguiente ¿ Es cierto que si el local (oficina) figura como domicilio social a efectos fiscales y sociales, el propietario, al cumplimiento del contrato (Marzo-2020) esta en la obligación de seguir alquilandomelo. Un saludo. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». <>stream Hola Eduardo, mi nombre es Tristan. c) Procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario, mediante la limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos. . hay que pasar la revision de 5 años. Si ahora firmo el nuevo precio mensual y nuevo contrato según la nueva LAU, entiendo que en cinco años no puede subirlo más allá del IPC. Buenas noches, alquilé un local comercial a mitad de febrero y en mi segundo dia de trabajarlo (es una local de celebraciones de fiesta) presentó problemas de atasco. Por tanto, si quisiera desistir del contrato durante este período, deberá satisfacer a la arrendadora todas las mensualidades que restasen hasta la finalización de los dos años. Artículo 29.-. El nuevo contrato será por 2 años, pero entiendo que no podrían echarme hasta los 5, a no ser que se requiera la vivienda para el uso del arrendador o un familiar, ¿es así? ¿En caso contrario qué pasos debe dar el arrendador antes de poder echarnos del piso? Tu dirección de correo electrónico no será publicada. No estoy casado, aunque se trate de una pareja formal y estable. Rafael. es así ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿. Lo dispuesto en el primer párrafo será aplicable también al procedimiento de aprobación automática, reemplazando la resolución de aprobación ficta, contenida en la Declaración Jurada, al documento a que hace referencia el artículo 31° párrafo 31.2 de la Ley N° 27444. En este momento a vuelto ser de 5 años, pues entro un nuevo decreto en Marzo. Entiendo que en este caso el propietario debería hacerse cargo de reparaciones del continente y el inquilino del contenido. Quiere conocer los ingresos con los que contáis. Pero en caso contrario el arrendador podrá dar por finalizado el contrato y se perderá la fianza (e incluso os podrían haber reclamado más). La ley establece que el arrendador tendrá que hacerse cargo de las reparaciones que necesite la vivienda para mantener las condiciones de habitabilidad, entiendo que ciertos electrodomésticos son necesarios como por ejemplo la nevera, y esto no puede modificarse por contrato. Osea el dia 6 de junio de 2013, entro en vigor y tu contrato es anterior, por lo que se le aplica el régimen anterior. Si tu contrato establece que tendrás que indemnizar en caso de desistimiento, entonces tendrás que indemnizar con un poquito menos de media mensualidad de renta (siempre que tu contratos sea de un año prorrogable a tres, ya que si es de tres años entonces tendrás que indemnizar con dos mensualidades y media de renta). Hemos alquilado una vivienda en Diciembre de 2015 con una duracion de contrato de 2 años y la mensualidad es de €500 , la cual se paga por adelantado pero en el contrato pone que se debe pagar antes del ultimo dia del mes anterior al mes abonado(esto es por ejemplo que el mes de Agosto debe pagarse el ultimo dia del mes de julio) lo cual si no se realiza de esta manera debera pagarse un incremento de €50 con lo cual da igual si pago el dia 1 o el dia 8 pero la dueña el dia 27 o 28 ya comienza a ¨recordarnos¨que tenemos que pagar…La pregunta es esta clausula de penalizacion es legal? Esa sustitución corresponde al arrendador. Estamos un poco perdidos y agobiados por la situación. Efectivamente en la inmobiliaria tienen razón. Me gustaría consultar mi caso. El próximo 16 de enero se cumplen los 3 años que indica el contrato de la vivienda que tenemos alquilada y a pesar de que el contrato da la opción de prórroga, la propiedad que es un monstruo de empresa sin demasiada claridad en sus gestiones, nos ha avisado por carta certificada el pasado día 25 de noviembre de que debemos abandonar la vivienda. Cuenta de ahorros N°: 0011-0814-0212234996, Primer Vicepresidente del Congreso de la República, Presidente Constitucional de la República, (Dada 28-06-2007 / Promulgada 06-07-2007 / Publicada 07-07-2007), DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES, numeral 1) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1272, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final, Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 261-2005-SUNARP-SN, Sétima Disposición Transitoria, Complementaria y Final, Candidatos a la Presidencia del Perú de los años 2021 al 2025, Sistema Administrativo de Presupuesto Público, Sistema Administrativo de Inversión Pública, Sistema Administrativo de Endeudamiento Público, Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, Administración de Personal en el Estado Peruano, Contrato Administrativo de Servicios (CAS), Sistema Administrativo de Planeamiento Estratégico, Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, Sistema Administrativo de Defensa Judicial del Estado. Δdocument.getElementById( "ak_js_1" ).setAttribute( "value", ( new Date() ).getTime() ); Este sitio usa Akismet para reducir el spam. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica … No habría ningún problema es realizar un anexo de sida de renta al contrato, siempre que las partes estén de acuerdo. Hola soy andres y hace un mes alquile un piso en muy lamentables condiciones goteras cocina abonbada ,llena de humedades paredes abombadas instalacion electrica puenteada con muchos empalmes y un cuadri electrico que esta mal montado solo hay 3automaticos y un diferencial pero no hay general y todos hacen la funcion del general tanto automaticos como el diferencial art. 1 0 obj
Artículo 3°.-Aprobación del procedimiento. Es que es un problema dar por finalizado el contrato sin reflajar el estado de la vivienda. Puedes pedir una bajada de la renta, y no habría problema en llevarla a cabo en un escrito aparte anexo al contrato. TERCERA.- DURACIÓN. Gracias por atenderme, tan pronto, al mismo tiempo agradecer vuestra labor, que nos ayuda mucho en nuestras interpretaciones de la Ley. espero pueda aclararme la duda, un saludo y gracias!!!Mamen. Ya que yo y mi hermana hemos alquilado una vivienda y ya avisamos que entrarían dos personas mas. Mi duda es, esto que hago ¿es denunciable? El contrato empezó el 1 de abril y ahora en septiembre del mismo año (6 meses más tarde) el inquilino se marcha. La ley no establece ningún tipo de comunicación en concreto, el único requisito que se establece es que lo haga con al menos terinta días de antelación. Me da miedo alquilarselo y que en un futuro pueda perjudicar a sus hermanos en caso de querer alquilarlo para benéfico de todos. Y si no se alquila por circunstancias del mercado entonces te podrán reclamar todas las rentas que faltan hasta que venza el contrato. 0000001182 00000 n Esto les ocurre a unos 10 vecinos más con sus casas en las mismas condiciones. 0000001367 00000 n QUE PREVALE ENTRE LA LAU Y LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO? 159 0 obj Tendrá que exponerlo con claridad antes de la firma de la reserva, y que quede reflejada también esta. Muchas gracias. Desistimiento y vencimiento en caso de matrimonio o convivencia del arrendatario. Considero que la penalización que establece el artículo 11 LAU en caso de desistimiento es indisponible, es decir, que no puede ser modificado por las partes. Y esto es porque no se pueden establecer normas por contrato que resulten mas perjudiciales para el inquilino que lo que establece la ley. Disposición transitoria primera. Qué pasa por no haber devuelto las llaves del piso. decreto legislativo. Ayer me envió un contrato nuevo con la misma fecha que el antiguo(2016) pero me pone que la duración del contrato se extiende a nueve años. Rogaría que por favor, si eres tan amable me respondieras y dijo lo vas hacer por el motivo que sea me lo hagas saber. Gracias y un saludo. Tendrá que acudir a la vía judicial para reclamar estas deudas. Voy à hacer un contrato de arrendamiento de temporada. Inicio. Ya hace 5 años que registre el contrato y que vivo en el piso, y ahora el nuevo propietario me dice que el contrato no es válido porque no existen cláusulas ni condiciones. El tiempo se puede modificar pero en beneficio del inquilino, no en su contra. Buenas tardes, me gustaría hacer una consulta Primero nos dijeron en primer lugar, que ese email constituía el preaviso fijado en la condicion 2ª del contrato de arrendamiento y nos comunicaban su intención de resolver el contrato. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República, JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros, Ley del Silencio Administrativo (Dada 28-06-2007 / Promulgada 06-07-2007 / Publicada 07-07-2007) Derogada por el numeral 1) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1272 publicado el 21-12-2016, Informe Técnico-Legal: Candidatos a la Presidencia del Perú de los años 2021 al 2025. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.————————– Si tu contrato termina en esa fecha pueden pedirte el desalojo. En el contrato tendrán que aparecer las personas que os diga el arrendador. El contrato fue por un año, pero se ha ido prorrogando tácitamente desde entonces. El contrato dice que la duración del presente contrato queda fijada en un año, renovable año a año hasta un máximo de tres, pero la vivienda la necesito para vivir yo y mi familia, ya que me quedo sin casa, Puedes evitar que entre en vigor la prórroga enviando burofax indicando que necesitas la vivienda, los preceptos en los que argumentas tu petición, …. Artículo 8°.- Seguimiento de los procedimientos administrativos. Gracias Enajenación de la vivienda arrendada. El piso lo esta alquilando por habitaciones. En caso contrario, la indemnización del 1571 del CC, es de aquellos daños que efectivamente pueda el arrendatario documentar y que sean reales, no existe una cantidad fija o tablas o forma de calculo, los daños reales que se le produzca y pueda documentar y acreditar. Y si se establece uno superior el inquilino podría instar su invalidez, exigiendo que el plazo válido debe ser 30 días. Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o … Y lo único que hace es meter gente que molesta a los vecinos. 6. Puedes ayudarnos realizando la donación que creas conveniente. <> El contrato por temporada que significa? nº 1272. No se hasta qué punto, siendo que no afecta a la habitabilidad, y teniendo las tomas del salón que funcionan bien, debo hacerme yo cargo de la reparación de esa toma de antena en el dormitorio. Te lo digo por que si quieres hacerlo correctamente y que no sea un obstáculo en el juicio, yo estoy a tu disposición para elaborarlo y enviarlo, que es preferible hacer las cosas sin errores (y además es posible que si reciben un burofax de un abogado se tomen el asunto más en serio). Estamos pensando en dejar un par de meses de carencia hasta cubrir la factura (nuestro alquiler es de 800€ mensuales), ¿esto podría ser factible de tener nosotros la razón? Tengo varias dudas acerca de la ultima reforma de la LAU… Buenos dias; en abril 2013 firme un contrato por un año con un anexi firmado por un familiar como aval al pasar ese año firmemos un anexo por otro año mas hasta abril 2015 desde esa fecha tras varios intentos de una nueva peogora el propietario no se manifesto cuando por fin hable con el le dispuse mi situacion de embarazo y que debia acondicuonar el piso para poder vivir con un bebe ya que ni extractor de humos hania teas dcrme que si iba a reañuzar la obra pero que debia aportar yo tmb dinero por que la cuantoa a la k ascdmdia dicha obra era elevada tras pasar dos meses me comunica que finalmente ko va a realizar dichas mejoras yo le manifiesto que marchi de la vivienda mi duda es: Sin haber una nueva firma puede reclamar el pago de las mensualidades?!? 908. El caso es que si el arrendador prueba que te ha mandado ese preaviso 30 días antes podrá desalojarte, si bien podrás pedirle perjuicios en caso de que previamente te hubiera prometido la renovación. Hola, alquilamos un piso en diciembre de 2016, hace unos días la dueña nos dice que los alquileres en la zona han subido un 40 % y que si estaríamos interesados en seguir aquí con un contrato nuevo al que le subiría el ipc cada año ya que la ley ya no le obliga a alquilarnoslo por 5 años, le pregunto que de cuánto sería la subida para saber si nos interesaría o nos mudaríamos. Resolución de pleno derecho. ¿Tengo que hacerle comunicación formal al arrendatario recordándole la fecha de rescisión e indicándole que habría que formalizar un contrato nuevo si quieren seguir con el alquiler? Por mi negativa a pagar a la agencia que le lleva sus pisos 150€ de gestión que no han realizado conmigo por no ser yo clienta nueva. En la primera parte de su contestacion, entiendo lo de los 30 dias de preaviso, ( yo incluso habia pensado en 2 meses para darle tiempo a buscar otra vivienda) Hola, mi duda es porque un amigo me quiere traspasar su negocio porque se irá a vivir fuera del pais, y pactamos que todas las responsabilidades fiscales, así como la administración y la decisión de abrir otros locales es completamente mia, solo el me pide seguir siendo el dueño del nombre y las marcas de todo (lo cual tambien me dara autorización para el uso) y a cambio quiere un porcentaje de las ventas de cada local que se abra obviamente, y que en dado caso si regresa al pais el pueda abrir sus propios locales y todo sea para el, y además que se respete los ingredientes y proveedores con los que realiza sus comidas que se venden en el local, o sea el quiere seguir siendo el dueño, pero me dara a mi la administraciòn o mejor dicho sere la dueña del local y en un futuro de los demas locales que se abran, solo respetando sus condiciones. Es correcto? Muchisimas gracias de antemano. %PDF-1.4 ¿Se podría acordar otro plazo entre ambas partes por ejemplo de sesenta que se tendría que mantener como acuerdo entre ambas partes o prevalecería la ley? el inquilino me adeuda un mes de alquile mes de Diciembre el resto de meses si me lo ha abonado. He leido que sobre la fianza es 2 meses pero en los modelos de contrato, he visto que la cantidad de meses esta vacio. Quiere romper el contrato. estoy alquilado en un piso con contrato de 3 años renovable posteriormente, llevo un año y medio de alquiler, todo va de forma correcta, y ahora me dicen que tengo que marchar porque hay que hacer obras de forma ineludible, (cambiar cañerías del agua y poner nuevo contador), porque parece que no tiene el piso cédula de habitabilidad, me piden rescindir el contrato y cuando realicen las obras, para lo que no pueden comprometerse a plazo, y tengan la oportuna cédula de habitabilidad, me lo vuelven a alquilar si lo deseo.
Bailarín De Mirror Estado Actual, Reflexión Del Tercer Amor, Cuanto Pagan Por Donar Sangre En Estados Unidos, Administración Industrial Carrera, B2b Ejemplos De Empresas Peruanas, Tabla De Posiciones Acumulado Liga 1, Gerencia Regional De Agricultura Moquegua,
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